- En la lectura del fallo, la Procuraduría General expresó como principal conclusión, que los hoy ex patrulleros Juan Camilo Lloreda y Harby Rodríguez, actuaron con brutalidad e intención en el procedimiento judicial en el que el abogado Javier Ordoñez perdió la vida.
En medio un procedimiento de policía realizado en la localidad de Engativa, el pasado mes de septiembre, el abogado Javier Ordoñez Bermúdez perdió la vida, luego de ser reducido por los patrulleros implicados en el caso de abuso policial.
La asistente y especialista en derecho administrativo y constitucional de la Procuraduría Aura Betulia Fajardo, estimó en la lectura del fallo que: «Sin ninguna duda, el señor Javier Humberto Ordoñez Bermúdez fue objeto de violencia física a pesar del estado de indefensión en el que se encontraba, mientras permaneció en el CAI Villa Luz. Entre las 00:11 minutos y las 01:31 minutos el día 09 de septiembre de 2020. Javier Ordóñez recibió golpes contundentes propinados por el uniformado Juan Camilo Lloreda Bermúdez Cubillos, y nunca recibió ayuda o atención a pesar de las dolencias que lo afectaban. Situación que grabó con su celular el patrullero Lloreda a las 01:38 minutos. Es decir, muy poco antes del deceso del abogado Javier Ordóñez«.
Para la Procuraduría los uniformados mintieron en los informes rendidos, ya que sí incurrieron en un uso excesivo de la fuerza. Los policías no garantizaron su cuidado cómo era su deber,
contrario a esto, gracias a la evidencia videográfica, ahora en disposición jurídica, se logró demostrar que los policías le impactaron 13 veces con el taser.
El patrullero Juan Camilo Lloreda, alegó que en el examen pericial se identificó que la muerte no fue por la pistola taser que él usó en contra de Ordóñez, y que por esa razón no se le podía atribuir la muerte del abogado. Además insistió en que la víctima tuvo una riña antes del procedimiento de detención, pues así consta, según él, en los reportes de radio, en el que se llamaba a los policías a atender una disputa que se daba en el lugar y en la que, al parecer, participaban Ordóñez y sus amigos.
La Procuraduría estimó que no se evidenciaron conflictos en las cámaras de seguridad del lugar donde dijeron atender el pleito, lo que comprobaría que Javier Ordoñez, nunca participó en la riña mencionada por los patrulleros.
Contradictoriamente, el patrullero Juan Camilo Lloreda, luego de haber afirmado que usó el taser para someter a Ordoñez, señaló recientemente que su compañero, el patrullero Harby Damián Rodríguez, fue quien accionó el arma de fuego, y por esa razón pidió ser absuelto de los cargos presentados en su contra.
En respuesta a las declaraciones del patrullero Lloreda, el abogado Jorge Paramo, defensor de Harby Rodríguez justificó que en los videos se evidenció que el patrullero no agredió en ningún momento a Ordóñez y que tampoco tuvo a su cargo la pistola taser, también comentó que el patrullero nunca se excedió en sus funciones.
El defensor de la víctima, Yeison Cárdenas señaló que las pruebas demuestran “el trato salvaje” del que fue víctima Javier Ordóñez. Por esa razón, el abogado exigió que se le condenara a los dos patrulleros por el homicidio y tortura agravada, pues Javier se encontraba en un estado total de indefensión.
En medio de los testimonios, el médico que realizó la necropsia a Javier Ordóñez, determinó que el deceso se produjo al estallar uno de los riñones de la víctima, y posteriormente, esto le causó un derrame interno.
La lectura de fallo emitida por la Procuraduría, ha concluido, ratificando que los patrulleros actuaron con total brutalidad e intencionalidad en el sometimiento contra Javier Ordoñez. Por esa razón la Procuraduría definió inhabilitar y destituir a los policías involucrados en el asesinato de Javier Ordóñez.
Lorena Garcés García- Humana Noticias | FotoPortada: El País