La Cámara de Representantes aprobó en segundo debate un artículo de una nueva ley anticorrupción que enmendará el Código Penal para aumentar las penas de injurias y calumnias contra funcionarios públicos, lo que según asociaciones de prensa abre la puerta a sanciones por la labor periodística.
En total, 73 congresistas rechazaron a última hora del lunes con su voto una proposición que buscaba eliminar el artículo 68 del proyecto de ley anticorrupción, que contiene el aumento de penas y modifica el Código Penal.
«El que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses», dice el artículo de la futura ley anticorrupción, que sigue su trámite legislativo.
El Código Penal colombiano actualmente estipula la calumnia y la injuria de forma general y no solo para servidores públicos con penas de prisión de 16 a 72 meses, después de otra enmienda de 2004.
«No se había aprobado, en las últimas décadas, una disposición legal tan regresiva contra la prensa como la que aprobó la Cámara anoche», aseguró este lunes el director de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), Jonathan Bock, que considera que «lo que votaron 73 congresistas abre la puerta a sanciones y represión como la que existe en Venezuela o Nicaragua».
«¡Es censura; una vergüenza!», lamentó Bock. La FLIP ya había pedido que se eliminara dicho artículo del proyecto de ley anticorrupción porque «viola las garantías básicas de la libertad de expresión al impartir medidas penales desproporcionadas».
Esta organización considera que la ley «promueve el uso de la vía penal como sanción a la libertad de expresión», con penas de hasta 10 años, por lo que desalienta a los periodistas en sus investigaciones de funcionarios públicos que puedan estar incurriendo en actos de corrupción.
Además, la ley crea «un fuero extraordinario de protección de las y los funcionarios públicos, lo que resulta contrario al propósito de promover estrategias de transparencia», y que antes no existía.
«La libertad de expresión no puede verse menoscabada por la presunta vulneración a la moral de un o una funcionaria», denunció la FLIP en un comunicado.
También se imponen multas millonarias, de hasta 1.359 millones de pesos (unos 345.000 dólares), para quienes sean condenados por estos nuevos delitos.
Al detalle, al artículo 68 se le añadió el 221a titulado de “Injuria y calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos”, según el cual “el que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal”.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) también había alertado la semana pasada del peligro que entraña este proyecto de ley y pidió que se eliminara porque representa un «peligro similar al que promovían las leyes de desacato que proliferaron en América Latina en décadas pasadas».
Estos son los Congresistas que APROBARON en último debate el Mico que pretenden censurar a quienes denuncian casos de corrupción en contra de funcionarios y exfuncionarios públicos.
El presidente de la SIP, Jorge Canahuati, dijo que la institución luchó muchas décadas en América Latina para «erradicar las leyes de desacato o leyes de insulto que servían a los gobiernos para blindar a sus autoridades y funcionarios ante las críticas e investigaciones de la prensa». EFE/Infobae