Esta práctica que consiste en atraer al pez, capturarlo y luego liberarlo nuevamente no podrá realizarse en Colombia.
Por considerarla maltrato animal la sala plena de la Corte Constitucional, tumbó el aval a la pesca deportiva que contenía el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, según el fallo, la finalidad recreativa de la pesca deportiva vulnera el derecho a la protección del ambiente sano.
Así mismo, desde la Corte se manifestó que la realización de esta práctica no tiene sustento en las excepciones al maltrato animal avaladas constitucionalmente por razones religiosas, alimentarias, culturales o científicas.
“Si bien no existe consenso acerca de si los peces son seres sintientes, lo cierto es que en virtud del principio de precaución, de acuerdo con el cual, aun en ausencia de certeza científica en torno a un daño o su magnitud, cuando existen elementos que preliminarmente permiten evidenciar el riesgo de que se produzca un daño al ambiente producido por una actividad determinada, resulta necesaria la intervención del Estado a efectos de evitar la degradación del medio ambiente”, manifestó la Corte.
Sin embargo, las opiniones de los magistrados de la Corte Constitucional evidenciaron posturas completamente diferentes frente a la toma de la decisión.
José Fernando Reyes, que votó favorablemente al fallo, celebró la decisión, argumentando que “el concepto de sintiencia en los peces, cuando la actividad de pesca obedece exclusivamente a motivos de ocio, turismo, recreo, entretenimiento o esparcimiento”.
Por otra parte, Jorge Enrique Ibáñez, magistrado de la Corte, pese a que dio el sí en esta decisión, manifestó que “Cada vez más se protege y ampara los derechos de los animales y correlativamente se deja de proteger y amparar los derechos de la especie humana que está por nacer”.
De igual manera, la magistrada Cristina Pardo, quien se opuso al proyecto, indicó que:“termina concediendo mayor protección a la vida animal que a la vida de los seres humanos concebidos no nacidos, aún en el caso de aquellos con un período de gestación cercano a las 24 semanas, lo cual contradice el principio constitucional de dignidad humana”.
Cómo estás de esperarse, tras la toma de esta desición se generaron diversos comentarios en redes sociales; tal es el caso de la Senadora Maria Fernanda Cabal, el ex ministro de Justicia, Rafael Nieto Loaiza, y el representante a la Cámara de Risaralda, Gabriel Vallejo, quienes cuestionaron y criticaron el fallo.
Increíble un tribunal que ve el aborto como un derecho fundamental y la pesca deportiva como maltrato animal.https://t.co/HBiOFuubpn
— María Fernanda Cabal (@MariaFdaCabal) May 3, 2022
La @CConstitucional declaró inconstitucional la pesca deportiva.
Esta Corte es capaz de inventarse derechos de animales al mismo tiempo que no protege la vida de quienes están por nacer y da vía libre al aborto sin restricciones. ¡Una corte de vergüenza! https://t.co/idL9vjpW4w— Rafael Nieto Loaiza (@RafaNietoLoaiza) May 3, 2022
Para la Corte Constitucional mi hija Belén, de 4 años y a quien le gusta ir a pescar mojarra a los lagos de pesca deportiva, comete maltrato animal!
Lo siento por mi hija, lo siento por Colombia! La agenda progresista sigue avanzando!
— Gabriel Vallejo Chujfi (@GabrielJVallejo) May 3, 2022
Este fallo se une a la decisión de la Corte Constitucional tomada en el 2019 de prohibir la caza deportiva en Colombia porque es contraria a la protección del medio ambiente y de los animales.
Redacción: Andrea García- Humana Radio/ Foto portada: Pixabay