Las interceptaciones telefónicas entre el expresidente Álvaro Uribe y su exabogado Diego Cadena son consideradas pruebas legítimas que pueden ser admitidas en el proceso judicial en curso contra Cadena por los delitos de fraude procesal y soborno. La Corte Suprema de Justicia ha rechazado una tutela que buscaba declararlas ilegales, respaldando así su obtención mediante una orden judicial.
Estas interceptaciones forman parte del conjunto de evidencias recopiladas por la Corte Suprema durante la investigación contra el expresidente, que resultó en la imposición de prisión domiciliaria antes de que Uribe renunciara al Congreso en 2020 y el caso pasara a manos de la Fiscalía. A pesar de la renuncia de Uribe, la Fiscalía ha mostrado reticencia a llevar a juicio al exmandatario.
La decisión de la Corte Suprema surge después de evaluar una tutela presentada por el abogado Cadena. En dicha tutela, alegaba la violación de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, argumentando que se estaba vulnerando el secreto profesional. No obstante, el alto tribunal concluyó que no se evidenció ninguna violación fundamental, ya que la incorporación de las interceptaciones contó con el respaldo de una orden judicial debidamente emitida por la Corte Suprema de Justicia.
La Corte explicó adicionalmente que las interceptaciones no constituyen una violación a la Constitución, ya que no se infringió el derecho al secreto profesional. En este sentido, señaló que en el momento de las interceptaciones, Cadena no ejercía como abogado defensor de Álvaro Uribe Vélez, desestimando así la alegación de infracción constitucional al secreto profesional.
Cadena enfrenta investigaciones por presunto soborno y manipulación de testigos para favorecer al expresidente Uribe. Según la pesquisa, habría ofrecido pagos y beneficios a testigos para que declararan a favor de Uribe ante la Corte Suprema de Justicia. En 2023, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial lo sancionó con 34 meses de suspensión como abogado por soborno a testigos, sumándose a otra sanción de igual duración por visitas a un testigo en la cárcel La Picota, quien ha señalado supuestos vínculos de los Uribe con grupos paramilitares.