En la audiencia del 2 de febrero de 2023 por el feminicidio de la DJ Valentina Trespalacios, el juez del Juzgado 59 Penal Municipal de Bogotá envió a prisión al ciudadano estadounidense John Poulos.
A pesar de que el abogado de la defensa de Poulos argumentó que no existían ni ciclos de violencia ni violencia económica por parte del acusado, el juez consideró que se cumplían todos los factores necesarios para dictar esta medida.
A las 4:45 p.m., el juez anunció la aprobación de la medida de aseguramiento, respaldada tanto por su despacho como por la delegada del Ministerio Público y el abogado Miguel Ángel Del Río, abogado defensor de la víctima. Estas partes habían argumentado que el ciudadano estadounidense debía estar bajo esta medida en base a la evidencia recopilada por la Fiscalía y el concepto de la Procuraduría.
La Procuraduría determinó que Poulos tenía comportamientos de cosificación e instrumentalización de Valentina Trespalacios, lo que desencadenó en su feminicidio. También afirmó que el presunto asesino controlaba a Trespalacios en cuanto a sus amistades, monitoreaba sus redes sociales y hasta contrató a un investigador privado para seguirla. Estos comportamientos, para el juez, deben ser entendidos como violencias ejercidas, ya que afectaban la integridad física, moral y psicológica de la víctima al instrumentalizar su condición de mujer.
La Fiscalía estableció que «John Nelson Poulos aprovechó su condición de hombre y su contextura fuerte para dominar y reducir a Valentina Trespalacios y agredirla físicamente».
El juez 59 mencionó la jurisprudencia y la legislación actual sobre el abordaje penal de los feminicidios, especialmente la Ley 1761 (Ley Rosa Elvira Cely), y le hizo saber a Poulos a través del traductor que el delito que cometió era un feminicidio.