El expresidente Uribe fue sindicado de fraude procesal, soborno de testigos y soborno en actuación penal. En la investigación participaron más de 90 testigos y se revisaron numerosas pruebas documentales y grabaciones. La jueza Heredia, al frente del Juzgado 44 de Conocimiento de Bogotá, condujo 67 diligencias judiciales y audiencias en medio de una enorme presión mediática y política.
Durante el juicio, la Fiscalía argumentó que Diego Cadena, bajo instrucción de Uribe, ofreció beneficios jurídicos y dinero a exparamilitares para que declararan falsamente y, de esa forma, limpiar el nombre del expresidente. La defensa, por su parte, siempre sostuvo que Uribe nunca ordenó pagos, ni autorizó la entrega de dinero a testigos, y que desconocía las gestiones de su apoderado.
Pruebas esenciales y argumentos clave
Uno de los temas más debatidos fue la legalidad de las interceptaciones telefónicas. La jueza Sandra Heredia reconoció como válidas las interceptaciones realizadas al celular de Uribe y otros registros probatorios, lo que permitió fortalecer la acusación y facilitar la reconstrucción de los posibles delitos.
Heredia, quien venía de carrera judicial atendiendo causas sociales y poco visibles en Bogotá, no cedió ante solicitudes de aplazamiento ni intentos de recusación por parte de la defensa de Uribe, mostrando un talante independiente y riguroso en la dirección del proceso9.
La magistrada enfatizó su imparcialidad en audiencias públicas, dejando claro que “nadie está por encima ni por debajo de la ley”, y que solo el estrado tiene la facultad de resolver la situación jurídica del acusado, no la opinión pública ni los intereses políticos.
El sentido de fallo anunciado por la jueza Sandra Heredia en audiencia pública representa el cierre de la primera instancia en esta causa histórica. A la espera de conocer el texto completo del fallo, se sabe que la decisión se fundamenta en la valoración probatoria de los testigos presentados tanto por la Fiscalía como por la defensa, y del análisis de las pruebas documentales.
Sea cual fuere su sentido (condenatorio o absolutorio), la determinación quedará sujeta a recurso de apelación por parte de la defensa, los representantes de víctimas o la propia Fiscalía. Estos actores dispondrán de cinco días hábiles para apelar. El Tribunal Superior de Bogotá revisará la resolución antes de octubre de 2025, cuando podría prescribir la acción penal. Si persisten inconformidades entre partes, la Corte Suprema de Justicia estudiaría una eventual casación.
Esta decisión marca, además, un antes y un después en la relación entre la rama judicial, la política y la opinión pública en Colombia, pues nunca antes un exmandatario había ocupado el banquillo de los acusados por delitos cometidos presuntamente en funciones privadas y públicas.
El caso Álvaro Uribe Vélez simboliza hasta ahora el mayor reto para el equilibrio de poderes y para la credibilidad del sistema judicial colombiano. El veredicto de Sandra Heredia puede transformar la historia política del país y establecerá un precedente para futuras investigaciones a altos dignatarios.
El partido Centro Democrático, a cuyo alrededor gravita buena parte de la derecha nacional, permanece en estado de expectativa ante el resultado definitivo. Por otro lado, movimientos sociales y organizaciones de víctimas ven en este proceso una oportunidad para avanzar en la lucha contra la impunidad y el abuso de poder.
A continuación, se indican las declaraciones y fragmentos expresos pronunciados por la jueza Sandra Liliana Heredia durante la audiencia pública del sentido de fallo contra Álvaro Uribe Vélez:
“La espera ha finalizado. Temis, la diosa de la justicia, permanece con los ojos vendados, no porque ignore, sino porque no prejuzga. Sostiene la balanza con las manos firmes, no para pesar opiniones, sino verdades. Porta la espada, no para castigar con furia, sino para proteger con decisión lo que es justo, lo que es recto y lo que es necesario. Hoy, como es de público conocimiento, tras 475 días de una maratónica lucha contra el reloj, este despacho se dispone a dar paso a uno de los momentos más significativos de su historia judicial reciente…”.
“Sabemos que los ojos del país y de muchas partes del mundo están puestos sobre esta sala. Sabemos que este juicio ha despertado pasiones, dividido opiniones y movilizado emociones. Pero también sabemos algo más importante: el derecho no puede temblar frente al ruido y la justicia no se arrodilla ante el poder. La justicia, como Temis, no ve nombres, ni cargos, ni estaturas, porque su mirada está enfocada exclusivamente en la verdad jurídica y en el deber ético de resolver conforme a la ley y la conciencia.”
“La administración de justicia no está al servicio de la política, ni de la prensa, ni de la historia. Está al servicio del pueblo colombiano, que merece y exige una justicia imparcial, transparente, libre de prejuicios, firme frente a la presión y diligente.”
“Este juicio vale decirlo sin rodeos, no es un juicio contra la historia política de Colombia. No es una revancha. No es una conspiración, no es un acto de oposición, ni de política. Es un acto de justicia y solo de justicia.”
“Hoy, este estrado no decide sobre un nombre. Decide sobre unos hechos y esa distinción es vital. El sentido del fallo que se dará a conocer no tiene orientación política o está atravesado por simpatías o antipatías.”
“Lo que este despacho ha hecho desde el inicio es cumplir su obligación constitucional y legal de resolver lo que el derecho permite resolver. Ni más ni menos. La separación entre justicia y política es un principio esencial del Estado de derecho y este juzgado lo defiende con la misma convicción con la que defiende los derechos fundamentales, la dignidad del procesado y la autonomía judicial.”
“El fallo que se emite hoy no será una victoria de nadie, ni la derrota de otro. Será, como debe ser, una respuesta del Estado a través de su justicia a una controversia procesal que ha llegado a su culminación tras un largo y riguroso camino probatorio. Por eso pedimos respeto. Pedimos sensatez y pedimos, ante todo, que este momento se ha entendido con la altura y la madurez que merece.”
“Le recordamos que este despacho, como lo ha hecho desde el primer día, fallará en derecho, con justicia, sin pasión, sin rencor y sin temor. Hoy más que nunca se honra ese principio de que todos somos iguales ante la ley y que el poder judicial existe para recordar que nadie está por encima de ella. Pero también que nadie está por debajo de su amparo.”
“La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie. Que sea este acto una reafirmación del valor supremo de justicia, en una sociedad libre y que el fallo que se va a conocer, indistintamente de su contenido, sea comprendido, no como una sentencia política, sino como un acto de coherencia jurídica, responsabilidad ética y compromiso con la verdad.”
A continuación, se recoge puntualmente lo que la jueza Sandra Heredia expresó en la audiencia del fallo sobre Juan Guillermo Monsalve, Deyanira Gómez y los testigos relacionados con Álvaro Uribe:
Sobre Juan Guillermo Monsalve, la jueza fue contundente:
“El testimonio de Juan Guillermo Monsalve merece credibilidad. Sus afirmaciones no contienen situaciones difíciles de creer o que se adviertan falacias por provenir de un privado de la libertad”1.
También enfatizó que Monsalve, a pesar de las dificultades y presiones, “tuvo el valor civil no solo de sostener su versión inicial, sino de documentarla y reiterarla, enfrentando incluso la ingratitud de su propia familia”.
Además, validó las pruebas audiovisuales aportadas:
“Las grabaciones presentadas, incluso las realizadas con relojes espía dentro de la cárcel, fueron admitidas y no se demostró que hayan sido adulteradas por parte de la defensa”.Sobre Deyanira Gómez (excompañera sentimental de Monsalve), la jueza destacó:
“Para el despacho, el testimonio de Deyanira Gómez fue claro y coherente”.
Sostuvo que su relato aportó elementos importantes y consistentes que reforzaron la investigación sobre la presunta manipulación de testigos.Sobre los testigos presentados por la defensa de Uribe, la jueza puntualizó:
“El despacho analizó la credibilidad de los testigos presentados por ambas partes. Se encontró que algunos de los presentados por la defensa no resultaron coherentes ni persuasivos dentro del contexto probatorio, y no lograron desvirtuar los argumentos principales de la acusación”.
Reafirmó que el análisis de los testimonios se hizo “sin dejarse llevar por presiones externas ni consideraciones políticas”.Finalmente, Heredia concluyó:
“Los testimonios que el despacho valida como esenciales no lo son por su procedencia ni por el contexto en que se dieron, sino por la consistencia, respaldo probatorio y ausencia de elementos que les resten veracidad”.
En esencia, la jueza Heredia avaló la credibilidad de Monsalve y Gómez, validó las pruebas audiovisuales, y desestimó por falta de coherencia parte de los testimonios traídos por la defensa de Uribe, remarcando que la valoración se hizo bajo parámetros estrictamente jurídicos y de prueba.