En medio de la coyuntura nacional por la reciente condena al expresidente Álvaro Uribe, el Ministerio del Trabajo de Colombia ha emitido un vehemente pronunciamiento rechazando tajantemente las presuntas presiones a trabajadores por parte de algunas empresas para exigirles participar en la marcha convocada para este 7 de agosto. El Ministerio recalcó que tanto la protesta social como la libertad de expresión hacen parte de los derechos fundamentales protegidos por la Constitución y la ley, y que bajo ningún motivo estos pueden ser vulnerados a través de acciones de constreñimiento o amenazas provenientes del sector empleador.
El comunicado oficial divulgado por el Ministerio del Trabajo señala textualmente: “Rechazamos toda vulneración a los derechos laborales de los y las trabajadoras de Colombia. La protesta social y la libertad de expresión son derechos fundamentales que, en el marco de las garantías constitucionales y legales, deben ejercerse de manera pacífica y sin ningún tipo de violencia o presión contra quienes decidan movilizarse o abstenerse de hacerlo”.
En las últimas horas, diversas denuncias han señalado que empleados de compañías nacionales e internacionales estarían recibiendo presiones directas para asistir a la movilización del 7 de agosto, convocada por sectores políticos en rechazo a la sentencia judicial proferida contra el expresidente Uribe. Ante este panorama, desde MinTrabajo se anunció la inmediata apertura de investigaciones, la realización de inspecciones y la vigilancia estricta a las empresas involucradas en posibles violaciones de la normativa laboral, donde se ordenarán acciones de inspección, vigilancia y control a las empresas de las que se tenga conocimiento de presuntos casos de violencia, amenazas o violación de la normatividad laboral en contra de sus trabajadores por los asuntos expuestos.
El Ministerio hizo un llamado público a la denuncia de cualquier forma de constricción o amenaza laboral relacionada con la asistencia o no a jornadas de protesta o actividades de índole política. Al respecto, subrayó la protección que la Constitución y el Código Sustantivo del Trabajo, específicamente el artículo 59, brindan a todos los y las trabajadoras frente a imposiciones políticas o religiosas por parte de empleadores:
“Las mujeres y hombres trabajadores de Colombia están protegidos por la Constitución y las leyes frente a posibles imposiciones de carácter político y religioso que afecten sus derechos laborales (…). Hacemos un llamado a la denuncia y al rechazo de cualquier caso de vulneración de derechos de los y las trabajadoras en el marco de acciones políticas y/o de las movilizaciones programadas”.
La posición del Ministerio se da en el contexto de un fuerte debate nacional tras la condena, en primera instancia, del expresidente Álvaro Uribe Vélez, que ha polarizado a distintos sectores sociales y políticos en Colombia. La marcha del 7 de agosto —tradicionalmente fecha conmemorativa del Día de la Independencia— ha sido convocada por seguidores del exmandatario para expresar su rechazo al fallo judicial. Sin embargo, voces de alerta han surgido por la presunta utilización de prácticas indebidas en el sector privado, donde ciertos empresarios estarían exigiendo a sus empleados acatar líneas políticas bajo amenaza de represalias laborales.
En redes sociales y medios alternativos, sindicatos y asociaciones de trabajadores han reiterado la importancia del respeto pleno a la autonomía individual y a la protección del fuero sindical y del derecho de asociación. Líderes gremiales advierten que la intromisión patronal en decisiones de carácter político o de movilización constituye una falta gravísima, sancionada por la normatividad nacional y susceptible de acarrear multas, cierres temporales y hasta responsabilidad penal para los infractores.
Por otra parte, sectores políticos de la oposición han alertado sobre una supuesta persecución del Gobierno contra empresas vinculadas al apoyo de la marcha, afirmando que las advertencias de MinTrabajo podrían interpretarse como una forma de intimidación. Sin embargo, desde la cartera laboral recalcan que su función es velar por los derechos fundamentales y evitar que los espacios laborales se conviertan en escenarios de presión política o discriminación por razones ideológicas.
El Ministro del Trabajo reiteró en su declaración que “ningún trabajador puede ser obligado a participar o abstenerse de manifestaciones políticas o religiosas, y todo caso comprobado será objeto de investigación y sanción, en concordancia con las garantías democráticas consagradas en la legislación colombiana”. Esta postura ha sido respaldada por organizaciones defensoras de derechos humanos, quienes instan a la población a denunciar cualquier caso de presión, amenaza o hostigamiento por parte de empleadores en el contexto de movilizaciones políticas.
La normativa colombiana es clara en cuanto a la inviolabilidad de los derechos laborales y la prohibición de imponer credo, opinión política o acción social alguna como condición laboral, como lo expone el art. 59 del CST. De igual modo, la protesta pacífica, la libertad de opinar y la neutralidad política en los lugares de trabajo son elementos consagrados en el marco jurídico del país, que no pueden ser menoscabados por intereses particulares.