La Corte Constitucional tumbó el decreto de impuesto solidario aplicado a funcionarios públicos, contratistas del Estado y pensionados que ganaran más de 10 millones de pesos y que se recaudaría en los meses de mayo, junio y julio para atender a las familias vulnerables en medio de la crisis.
Ante esta situación, el alto tribunal explicó que “declaró inconstitucional el DL 568 de 2020 sobre la creación del impuesto solidario por el COVID19, sobre salarios o contratos de prestación de servicios de 10 millones o más, a cargo de los servidores públicos y contratistas del Estado”.
Cabe mencionar que con este dinero se recaudaron cerca de 287.000 millones de pesos en el fondo Fome, el cual fue creado por la pandemia, sin embargo, los dineros descontados ahora se fijarán como un anticipo de los impuestos de renta para este y el próximo año.
Así lo confirmó la Corte: “los dineros que se han pagado del tributo se entenderán como anticipo del impuesto de renta para la vigencia 2020, pagaderos en el 2021”.
Comunicado oficial de la Corte Constitucional
La Corte declaró inconstitucional el DL 568 de 2020 sobre la creación del impuesto solidario por el COVID19, sobre salarios o contratos de prestación de servicios de 10 millones o más, a cargo de los servidores públicos y contratistas del Estado. #ULTIMAHORA
— Corte Constitucional (@CConstitucional) August 6, 2020
La norma establecía que los funcionarios que ganaran entre $10 millones y $12,5 millones debían aportar el 15 % de su salario, mientras que los funcionarios con salarios entre $12,5 millones y $15 millones tendrían que aportar el 16 %.
Asimismo, aplicaba para los salarios que se encuentren en el rango de $15 millones y $20 millones con una tarifa del 17 %, y los superiores a los $20 millones, una del 20 %.